DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, esta CORTE SUPERIOR DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE el recurso de apelación de autos interpuesto por la Dra. GYOMAR BEATRIZ PEREZ COBO, Defensora Pública Novena para el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, adscrita a la unidad de Defensa Pública del estado Zulia, actuando en representación del joven adulto (se omite la identificación de conformidad con lo previsto en el artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), en contra de la decisión dictada en fecha ocho (08) de febrero de 2010, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 437 literal "c" del Código Orgánico Procesal Penal, en conc.....