DISPOSITIVO
En consideración a todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y Falcón, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta en fechas de 15 y 16 de Octubre de 2009 por los abogados AMANDA MOJICA de VELARDE, inscrito en el IPSA bajo el No. 75.576, actuando como apoderada judicial de la Sociedad Mercantil AROA GRAN TURISMO C.A y CARLOS LA CRUZ ALASTRE, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 29.226, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano FLORES FLORES JOSÉ REINALDO, contra la decisión dictada por el A-quo en fecha treinta (30) de septiembre de 2009, en la cual declara SIN LUGAR LA DEMANDA DE ACCIÓN POSESORIA AGRARIA, interpuesta por la SOCIEDAD MERCANTIL AROA GRAN TURISMO C.A, plenamente identificada, contra el ciudadano FLORES FLORES JOSÉ REINALDO, ident.....