´PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Autos, interpuesto en fecha 20/12/2024, por los Profesionales del Derecho MARÍA VICTORIA VILLASMIL LEÓN, IPSA N° 57.313, DULCE MARÍA BRACHO HUERTA, IPSA N° 40.788 y EUDOMAR GARCÍA BLANCO, IPSA N° 82.072, actuando con el carácter de defensor del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA conforme a los artículos 545 y 65 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes).
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 440-2024, de fecha 16/12/2024 dictada por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, toda vez que la misma se dictó conforme a derecho y en modo alguno causa un gravamen irreparable o vulnera los derechos y garantías constitucionales que asisten a las partes intervinientes en el presente proceso penal.
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