Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGA el desistimiento efectuado en fecha 06 de febrero de 2009, mediante diligencia suscrita por la abogada en ejercicio LIANETH QUINTERO, antes identificada, en su condición de apoderada judicial de la empresa co-demandada principal ABB VETCO GREY DE VENEZUELA, S.A., del recurso de apelación interpuesto en fecha 04 de febrero de 2009, en contra del auto dictado por este Tribunal en fecha 29 de enero de 2009; todo ello en el juicio que por cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales sigue el ciudadano ALIRIO RAFAEL DORANTE, en contra de la sociedad mercantil ABB VETCO GREY DE VENEZUELA, S.A., y solidariamente en contra de la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.....