Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO propuesta por la ciudadana KARELIS MARGARITA CHIRINOS CRESPO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 14.083.277, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, Asistida en este acto por la Abogada en ejercicio, ciudadana, NELLY ESPERANZA PACHANO MORALES, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 25.805, en contra del ciudadano, DANNY MARTI HURTADO GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 11.451.544, domiciliado el Municipio Cabimas del Estado Zulia, conforme a lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil y el criterio de la sentencia Nº 1.070 de la Sala .....