PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN OFICIAL DEL ESTADO
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal Nº 1, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
A. CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos TONY KUDSIE KHARRAK y ALEXANDRA MARIA QUINTERO VILLALOBOS, ya identificados.
B. DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que contrajeron ante Matrimonio Civil por ante el Jefe Civil y Secretaria de la Parroquia Cecilio Acosta del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día diecisiete (17) de Marzo de dos mil cinco (2005), según acta de matrimonio Nº 69, expedida por la mencionada autoridad.
C. En cuanto a la patria potestad y la responsabilidad de la niña GEORGINA CHIQUINQUIRÁ KUDSIE QUINTERO ejercida por ambos padres y la custodia de la referi.....