Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Jueza Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA INHIBICIÓN propuesta por la ciudadana LUISANA MARCANO VASQUEZ, en su carácter de Jueza Primera de Primera Instancia del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, para el Régimen Procesal Transitorio, de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, con sede en La Asunción, de conformidad con lo establecido en los Artículos 31, 32 y 35 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con los artículos 82 numeral 20 y 84 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda remitir mediante oficio, copia certificada de la presente decisión a la Dra. LUISANA MARCANO VASQUEZ, y al Juez que conoce del Asunto Principal, remítase el asunto, a fin de.....