Se DECRETÓ MEDIDA CAUTELAR a los ciudadanos JOSE (IDENTIDADES OMITIDAS), de conformidad con lo establecido en el artículo 582 literales "G y F" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quienes deberán presentar fianza personal (debiendo consignar los respectivos recaudos) y se les prohíbe acercárseles a los familiares de las victimas, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en los artículos 406 ordinal 1° y 424 del Código Penal Vigente,, debiendo permanecer recluidos en la Entidad Socio Educativa "General José Francisco Bermúdez" hasta tanto presenten los fiadores.