En el día hábil de hoy, 11 de Noviembre de 2015, habiéndose celebrado el día 04/11/15 la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se dejó constancia de que se encuentra presente la parte actora ALIMENTOS Y DELICATESSES CÁRNICAS, C.A., representada por el apoderado judicial Carlos Rafael Faria. El Tribunal dejó constancia de la no comparecencia a esta Audiencia Preliminar de la parte demandada SINDICATO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA ENTIDAD DE TRABAJO ALIMENTOS Y DELICATESSES CÁRNICAS, C.A. (SINBOTRALDC), ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a dictar el dispositivo del Fallo, declarando
Es de señalar, que el recurrente invoca también como causal de disolución lo preceptuado en el numeral 4 del artículo 426 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y las Trabajadoras, que establece: "Son causas de disolución de organizaciones.....