este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en función de Juicio NO tiene materia sobre la cual decidir; en virtud de que en fecha 03 de Noviembre de 2011, fue fijada la audiencia oral y pública en la presente causa, y este Tribunal se encontraba constituido en la continuación del asunto NP01-P-2010-10818, es por lo que se acordó diferir la audiencia para el día martes 24 de Noviembre de 2011, a las 02:30 de la tarde; asimismo se exhorta al Ministerio Público a coadyuvar con la comparecencia de la victima, y los medios probatorios ante la sala de audiencia de este Tribunal, todo ello tal y como lo establece el artículo 5 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia ya que es obligación indeclinable del Estado de adoptar las medidas administrativas, judiciales y de cualquier otra índole que sean necesarias y apropiadas para asegurar el cumplimiento de esta Ley y garantizar los derechos humanos de las mujeres victima de violencia.