Se publicó sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva, mediante la cual este Tribunal: 1. HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano EVELIO ENRIQUE CHAVEZ MÉNDEZ y la sociedad mercantil GALUÉ JIMÉNEZ, C.A. (GAJIMCA), en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada, dándose por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo definitivo del expediente. 2. ORDENA la devolución de las pruebas promovidas por las partes al inicio de la audiencia preliminar. 3. De conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS.