Por los fundamentos antes expuestos este, JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: SIN LUGAR la demanda que por nulidad de venta con pacto de retracto, nulidad de venta e hipoteca intentó la ciudadana Isidora Del Rosario Sore viuda de Ravenstein, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.691.350 en contra de la sociedad mercantil Administración y Servicios Z y B C.A., y de los ciudadanos Eylin Del Carmen Campos y Daniel Antonio Godoy Finol, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.430.967 y 11.949.556 respectivamente.
Se condena en costas a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.