DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE CONTROL No. 01 DE LA SECCIÓN ADOLESCENTES, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: Se Admite Totalmente la acusación penal presentada por el Ministerio Publico por el delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, de conformidad con lo establecido en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas y sancionado en la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, así como las pruebas presentadas por ser licitas, necesarias y pertinentes. Acto Seguido el Juez de Control a Cada uno de los adolescentes sobre las Formulas de Solución Anticipadas contempladas en la Ley Especial como lo es la Figura de la Admisión de los Hechos y el explica en que consiste esta Formula de solución anticipada así como del Precepto Constitucional del Artículo 49, Ord. 5º de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y se le pregunto a cada uno por separa.....