Acto seguido este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara formalmente embargada la cantidad de DOSCIENTOS OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO CON 92/100 (Bs. 208.771,92), que forma parte del total de la suma condenada a pagar, ordenando a la notificada emitir cheque de gerencia por la cantidad embargada, a nombre del Circuito Judicial Laboral de Maracaibo del Estado Zulia. En este estado, se hace entrega al Tribunal del cheque de gerencia N° 04213949, girado en contra del Banco Occidental de Descuento, de la cuenta N° 01160172332120210100, a nombre del Circuito Judicial de Maracaibo del Estado Zulia, por la cantidad de Bs. 208.771,92. Seguidamente, se ordena la remisión del instrumento cambiario a la Oficina de Control de Consignaciones del Circuito Judicial laboral del Estado Zulia, a los fines de aperturar cuenta a favor de.....