Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante ROBINSON TIGELINO PIRELA SALAS, quien en vida fuese venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 2.122.926, a los ciudadanos LEIDA MARIA PIRELA DE PERDOMO, ROBINSON ANTONIO PIRELA PINEDA, KATTY MARGARITA PIRELA PINEDA y ROBINSON TIGELINO PIRELA PINEDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. 6.824.391, 5.968.145, 7.718.740 y 10.170.332, respectivamente, dejándose a salvo los derechos de terceros conforme lo establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Devuélvanse las actuaciones en original a la parte solicitante, así como también copias certificadas de la presente decisión.