declara:
1.- CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por el ciudadano ROMER JOSE MARTINEZ SULBARAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.038.372, domiciliado en el municipio Sucre del estado Zulia, asistido por el Abogado en Ejercicio LEANDRO ENRIQUE FERNANDEZ ABREU, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 35.232, en contra de la ciudadana MARISOL FERNANDEZ BRACHO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.656.410, domiciliada en el municipio sucre del estado Zulia, de conformidad con la causal tercera del artículo 185 del Código Civil, referida a los excesos sevicias e injurias graves que hacen imposible la vida en común y en el criterio vinculante emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia Nro.693, de fecha 02 de junio de 2015, constituyéndose la figura del desamor, en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos antes mencionados por an.....