Por los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en el cuerpo de la presente resolución, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que le confiere la Ley, NIEGA: 1.- Medida de Secuestro sobre un inmueble ubicado en la avenida 58, Circunvalación Nro. 2, Nro. 98C-20, del Barrio Andrés Eloy Blanco, en jurisdicción de la Parroquia (antes Cacique Mara) hoy Cecilio Acosta del Municipio Maracaibo del estado Zulia, con todas las maquinarias y equipos que allí permanecen y 2.- Medida de Secuestro sobre un inmueble constituido por una parcela de terreno propio con todas sus adherencias, pertenencias y mejoras, ubicado en el Barrio El Manzanillo, calle 13, Nro. 26A-83, en jurisdicción del Municipio San Francisco del estado Zulia, solicitada por el ciudadano FREDDY ANTONIO CONTRERAS SOTO, antes identificado, apoderado judicial de la parte d.....