DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO de conformidad con el Artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos, LEOPOLDO NICOLAS ROSALES y YUBIRIS DEL VALLE MARVAL, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cedula de identidad Nros: V-15.159.838 y V-12.843.964, el cual fue celebrado en fecha veintiocho (28) de Abril de 1.999, por ante el Prefecto y Secretario de la Parroquia General Manuel Manrique del Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio, signada con el N° 19 y cuyo domicilio conyugal estuvo ubicado en la carretera "G y F" con av.....