Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, propuesta por los ciudadanos YANITZA VIOLETA PRIETO DE GODOY y OMAR JOSE GODOY VILORIA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-7.869.202 y V-5.716.870, respectivamente, y domiciliados en la Ciudad y Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistidos por la abogada en ejercicio YASNIRA PORTILLO MENDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 41.012, y en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ellos contraído el día veintiséis (26) de Mayo de 1984, contrajeron matrimonio civil por ante el Prefecto del Municipio General Manuel Manrique, Distrito Bolívar del estado Zulia, bajo el Nº 31, del año 1984;.....