Una vez esgrimidos las razones de hecho y de derechos en la presente causa y su procedencia, este JUZGADO SEPTIMO CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a el (la) Acusado (a) (s) ARGENIS GABRIEL FERNANDEZ: quien es de nacionalidad venezolana, natural del Municipio Maracaibo, Estado Zulia, de estado civil Soltero, Titular de la Cedula de Identidad Nº V.-16.633.783, domiciliado en el Barrio Guanipa Matos, calle 101-A, casa número 58-88, del Estado Zulia, Teléfono 0414-0663181, a cumplir la pena de UN (1) AÑO y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, mas las penas accesorias previstas en la Ley, como Autor de el (los) Delito (s) de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR PROVENIENTE DEL DELITO DE ROBO, previsto en el Artículo 9 de la Ley Sobre El Hurto y Robo de Vehículos Automotores; cometidos en perjuicio de los Ciudadanos ADALBERTO MARQUEZ, de conformidad con lo establecido en e.....