Seguidamente el tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente embargado preventivamente: PRIMERO: UN CINCUENTA POR CIENTO (50%), del sueldo o salario global devengado mensualmente por el ciudadano ALEXANDER RAFAEL RIVERO TROMPIZ, antes identificado, como trabajador al servicio de la empresa MAERSK DRILLING. SEGUNDO: UN CINCUENTA POR CIENTO (50%), de las VACACIONES, BONO VACACIONAL Y UTILIDADES, que en el presente año económico y en todos los demás años siguientes, le puedan corresponder al ciudadano antes mencionado, como trabajador al servicio de la mencionada empresa. TERCERO: UN CINCUENTA POR CIENTO (50%), de las PRESTACIONES SOCIALES, CAJA DE AHORROS, FIDEICOMISO E INTERESES, que en caso de despido, retiro voluntario, jubilación o muerte, le puedan corresponder al demandado. Se le informa al notificado que las cantidades remitida en cheque de gerencia a la orden del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑ.....