Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO seguida por la ciudadana KLEDIS TERESITA LUGO DE DÍAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 14.722.189, domiciliada en la Avenida 31, Sector Los Médanos, calle Bolivia, callejón Santa Elena, casa número 20, Parroquia Rómulo Betancourt, en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio, ciudadana, NAYIBE ANCIANIS, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 163.370, en contra del ciudadano RAMÓN EDGARDO DÍAZ MILANES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 13.480.792, domiciliado en la Urbanización Los Médanos, Sector 3, casa número.....