DECISIÓN
Por los hechos y fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar CON LUGAR, la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos y Bienes en Divorcio, realizada por los ciudadanos JUAN MANUEL PRIETO AMADO y YESSICA VANESSA DE GOUVEIA RIVERA, ambos identificados en la parte narrativa del presente fallo, en consecuencia:
Se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído entre los ciudadanos JUAN MANUEL PRIETO AMADO y YESSICA VANESSA DE GOUVEIA RIVERA, en fecha primero (1°) de agosto de 2009, ante la Registradora Civil de la Parroquia Coquivacoa, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal como se desprende del acta de matrimonio signada con el .....