Por los fundamentos amplia y claramente expuestos con anterioridad, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
¿ PERIMIDA LA INSTANCIA y por consiguiente, EXTINGUIDO el presente proceso de PARTICIÓN DE COMUNIDAD HEREDITARIA, intentada por el abogado RAFAEL HERNÁNDEZ COLMENARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 19.797, actuando con el carácter de apoderado judicial del Ciudadano NAYIB CHIDIEK CIRIACO HOMEZ, en contra de los ciudadanos NAEL CHIDIEK, ALBERTO CHIDIEK, TUNUS CHIDIEK, SALIM CHIDIEK, JANET MERCEDES y LIES CHIDIEK CIRIACO HOMEZ, plenamente identificados en actas. ASÍ SE DECIDE.-
¿ NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, de conformidad con la normativa estatuida por el legislador venezolano en el artículo 283 del vigente Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE ESTABLECE.-