Se fundamenta la decisión en la cual en aplicación, del artículo 323 en su único aparte del Código Orgánico Procesal Penal, NO ACEPTANDO la Solicitud de Sobreseimiento hecha por la Fiscal del Ministerio Público, en virtud de ello es por lo que acuerda remitir las actuaciones al Fiscal Superior del Ministerio Público, para que mediante pronunciamiento motivado ratifique o rectifique la petición fiscal.