En el día hábil de hoy,11 de Julio de 2006, siendo las 2:39 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los abogados Moisés Rosendo y Yasneli Hernandez en representación del demandante y PFIZER DE VENEZUELA, S.A. en su carácter de parte demandada, debidamente representados por el abogado Cesar Freites, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la parte demandada le cancelará el día 21/07/08 a el demandante la cantidad de setenta millones de bolívares (Bs. 70.000.000,00). HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.