DISPOSITIVO:
Por los razonamientos y fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, actuando como Tribunal Constitucional de Primera Instancia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara:
a) Se ordena SUSPENDER LA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA acordada mediante decisión de fecha veintinueve (29) de Octubre de 2003 y participada al Juzgado del Municipio Lagunillas de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, según oficio No. 1593-03-04 de fecha 20 de noviembre de 2003.-
b) Se ordena Oficiar al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas y al Juzgado del Municipio Lagunillas de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; a los fines de participarles lo aquí acordado.-
c) No se condena en costas en virtud de lo decidido.
Regístrese y Publíquese. Déj.....