La mencionada solicitud fue acompañada de los siguientes documentos: 1) Copia Certificada del Acta de defunción de ENRIQUE JOSE FIGUEREDO CEDEÑO; 2) Copia Certificada del acta de nacimiento de los ciudadanos JAKELINE DEL CARMEN, GINETH DEL CARMEN, JESUS ENRIQUE, ELIZABETH DEL CARMEN, NELSON JOSÉ, YOLEIDA DEL CARMEN, CARLOS ENRIQUE y JOSE ANTONIO FIGUEREDO GRATEROL; 3) Copia certificada del acta de defunción del ciudadano JOSE ANTONIO FIGUEREDO GRATEROL; 4) copias de las cédulas de identidad y 5) Justificativo de Testigos evacuado por ante la Notaria Pública Décima del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- Por lo tanto, con estos documentos y dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos JAKELINE DEL CARMEN, GINETH DEL CARMEN, JESUS ENRIQUE, ELIZABETH DEL CARMEN, NELSON JOSÉ, YOLEIDA DEL CARMEN, CARLOS ENRIQUE, JOSE ANTONIO FIGUEREDO GRATEROL (difunt.....