DISPOSITIVA
Por los fundamentos de derecho antes expuestos ESTA SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados ÁNGEL GONZÁLEZ PARRA y JOSÉ LUÍS GONZÁLEZ SAENZ, con el carácter de defensores del ciudadano CARLOS ENRIQUE BRITO, suficientemente identificados en autos, y como consecuencia SE CONFIRMA la sentencia N° 07-09, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, constituido en forma Mixta con Escabinos, de fecha 29 de Enero de 2009, publicada en su texto íntegro en fecha, 10 de Marzo de 2009, en la cual ese Juzgado dictó los siguientes pronunciamientos: Declaró culpable al acusado CARLOS ENRIQUE BRITO BRITO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordanc.....