PARTE DISPOSITIVA
DECISION OFICIAL DEL ESTADO
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala N° 02, Administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
a. Se decreta la Separación de Cuerpos y Bienes, que ante este Despacho, solicitaron los ciudadanos IRIA LUZ VARGAS BARON Y RICARDO RAMOS RUEDA.
b. En cuanto a la Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza de los adolescentes de autos será compartida por ambos progenitores; La Custodia será ejercida por la progenitora; En cuanto a la Convivencia Familiar se acoge lo acordado entre las partes, sobre la Obligación de Manutención, el progenitor suministrará la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00) MENSUALES, en cuanto a lo gastos escolares (uniformes y textos), por concepto de pagos de la mensualidad escolar, gastos médicos y vestimentas, épocas decembrinas.....