este TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara:
1.- PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano JOSE RAFAEL GARCIA en contra de las empresas TRANSPORTE SARI COMPAÑÍA ANONIMA, Y CHEVRON GLOBAL TECHNOLOGY SERVICES COMPANY, ambas partes suficientemente identificadas en las actas procesales, por motivo de Prestaciones Sociales.
2.- SE CONDENA a la empresa demandada TRANSPORTE SARI COMPAÑÍA ANONIMA, a cancelar al ciudadano JOSE RAFAEL GARCIA, la cantidad de DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES FUERTES CON TREINTA Y SIETE CENTIMOS (Bs.2.399,37), suma ésta que fue producida conforme a los conceptos establecidos en la parte motiva de esta sentencia.
3.- SE ORDENA el pago de los intereses de mora de las cantidades condenadas a la parte.....