este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA la EXTINCION DE LA CAUSA, por efecto de la Perención de la Instancia, en la presente Demanda por Motivo de: REVISIÓN DE SENTENCIA DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, seguida por la ciudadana: DORIS MARGARITA NÚÑEZ SOCORRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.604.992, domiciliada en el municipio Cabimas del estado Zulia, en contra del ciudadano: JOSÉ LUÍS RODRÍGUEZ NAMIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.570.465, domiciliado en el municipio Cabimas del estado Zulia, y en beneficio del niño: (SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNNA), de conformidad con lo previsto en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, producto de la inactividad y.....