1) CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto. 2) En consecuencia, NULA la decisión apelada, por lo cual REPONE la causa al estado de que el Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en vista de los alegatos de la parte demandada y la documentación aportada, se pronuncie, motivadamente, sobre la suspensión o continuación de la ejecución de la sentencia definitivamente firme de fecha 11 de mayo de 2015 proferida por el Tribunal Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 3) No hay condenatoria en costas.