Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la demanda de DIVORCIO incoada por el ciudadano ADOLFO ALBERTO BENAVIDEZ NUÑEZ en contra de la ciudadana ANTONIA GIL LONGART, ambos identificados en actas, por la Causal 2º del Artículo 185 del Código Civil