Ahora bien, consta en actas que el referido penado fue detenido en fecha 22-02-04, por lo que hasta el día de hoy 11-05-05 fecha en que se practica el presente cómputo, lleva detenido: UN (01) AÑO, DOS (02) MESES Y DIECINUEVE (19) DIAS. Tiene demostrado efectivamente en razón del trabajo y el estudio un total de: OCHO (08) MESES Y NUEVE (09) DIAS, siéndole redimido un total de CUATRO (04) MESES, CUATRO (04) DIAS Y DOCE (12) HORAS, por lo que el tiempo de la pena con sumatoria de Redención corresponde a UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES Y VEINTITRES (23) DIAS. Faltándole por cumplir CINCO (05) MESES Y SIETE (07) DIAS. Cumplirá la pena Principal el día: 18-10-05.Cumplió Una Cuarta (1/4) parte de la pena impuesta el día 18-04-04 para optar por el Beneficio de Destacamento de Trabajo, cumplió Una Tercera (1/3) parte de la pena impuesta el día 18-06-04 para optar por el Beneficio de Régimen Abierto, cumplió la Mitad de la Pena impuesta el día 18-10-04, para optar a la Suspensión Condicional .....