DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto por los profesionales del derecho ALBERTO GONZALEZ, CARMEN ACURERO y IRAMA BECERRA, en su carácter de abogados querellantes de la ciudadana EGDA MINERVA CHACIN (víctima por extensión).
SEGUNDO: se ANULA la decisión Nº 079-23, dictada en fecha 21 de febrero de 2024, por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia y se RETROTRAE EL PROCESO al estado en el cual se encontraba antes del dictamen de la resolución anulada,
TERCERO: se ORDENA que un órgano subjetivo distinto al que emitió el fallo acá anulado, subsane el vicio detectado, prescindiendo del motivo que dio origen a la presente nulidad,.....