Por las consideraciones que anteceden y de conformidad con lo establecido en la jurisprudencia con carácter vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, dictada en fecha 18 de diciembre de 2015, en concordancia con el artículo 8 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal y de conformidad con lo establecido en la Resolución del Tribunal Supremo de Justicia N° 2009-06 de fecha 18 de Marzo de 2009; publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela bajo el N° 39.152 de fecha 02 de Abril de 2009; este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caripe de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos ROBERTO JOSE SOTILLETE FUENTES Y ROSA CAROLINA QUEZADA LEÓN, debidamente asistido por el abogado HILDEMARO DÍAZ, .....