Por cuanto de actas se evidencia que los ciudadanos AGUSTIN EZEQUIEL RODRIGUEZ TORRES y KARLEIDY CAROLINA DE LA INMACULADA CONCEPCION TORRES PEREZ, contrajeron matrimonio civil por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Olegario Villalobos, Municipio Maracaibo del Estado Zulia en fecha Doce (12) de Diciembre de 2008, fijando su ultimo domicilio conyugal en la Ciudad de Caracas, Avenida Principal San Martín, Edificio Mil centro, Torre A, piso 19, apartamento 191 y como quiera que en materia de divorcio la competencia por el territorio viene dada por el domicilio conyugal corresponde entonces conocer de la presente causa en razón del territorio al Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana Caracas, es por las razones antes expuestas DECLINAR LA COMPETENCIA al Juzgado antes mencionado, en consecuencia se ordena remitir el presente expediente ordenándose oficiar a la Coordinación de.....