DECISION
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipio Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas a los fines de garantizar la tutela judicial efectiva establecidos en el articulo 26 y el debido proceso articulo49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y en estricto cumplimiento de la Jurisprudencia con carácter vinculante de la Sala Constitucional y la Sala Civil del Tribunal supremo de Justicia, como máxima autoridad de la jurisdicción constitucional, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley declara Improcedentes las cuestiones previas del Ordinal 1 y Ordinal 3 , articulo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuestas por la ciudadana demandada PATRICIA Velásquez Palermo, titular de la Cedula de Identidad Nro. 10.939.927, debidamente asistida por el abogado en ejercicio Carlos Barrios inscrito en el I.P.S.A bajo .....