DISPOSITIVA
Por los fundamentos de Derecho antes expuestos esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación de autos, interpuesto por los profesionales del derecho RAFAEL SOTO MORAN y JUAN COELLO HERNANDEZ, ambos inscritos en el inpreabogado bajo los Nos. 39447 y 52409, en su condición de defensores de la ciudadana, ETHALIA ANGELINA JOSE DAVALILLO LEON, titular de la cedula de identidad N° V- 23.743.448, contra la decisión Nº 063-2020, de fecha 07 de febrero del año 2020, dictada por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia. Así como las pruebas promovidas por los mismos.
SEGUNDO: ADMITE la contestación presentada por el representante de la Fiscalia Quinta (5°) del Ministerio Publico.