Por todo lo antes expuesto de hecho y de derecho, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: De conformidad con los articulo 197, 198, 199, 326, 330, todos del Código Orgánico Procesal Penal, se admite totalmente escrito de acusación interpuesto por el Fiscalía Decimasexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Santa Bárbara de Zulia, y todos y cada uno de los medios de pruebas interpuestos en contra de los ciudadanos Jimmy Wilson Mora Gómez, Venezolano, natural de Tovar, Estado Mérida, nací el 27-07-1.979, tengo 28 años de edad, soltero, comerciante, soy titular de la cédula de identidad N° 15.234.745, soy hijo de Teofilo Mora Vivas y de Ana Riquilda Gómez, estoy residenciado en Urbanización La Motoza, calle principal, casa N° 64, EL Vigía Estado Mérida, teléfono 0275-8816461, y Richard Ramón Rivas Carrascal, Venezolano, natural de Caracas, nací el 12-05-1.973, tengo 3.....