En tal sentido, se dispone lo siguiente:
Donde se lee: sobre los derechos de un terreno ubicado en el sector Achipano de la ciudad de Porlamar, jurisdicción del Municipio Autónomo Mariño de este estado, cuyos linderos generales son: Norte, en cuatrocientos cincuenta y siete metros (457 mts.) con terrenos de Florencia Suárez, Sur, en cuatrocientos veintisiete metros (427 mts.) con terreno de Faustino Hernández, Ildefonzo Rodríguez y Abraham León, Este, en doscientos dieciséis metros (216 mts) con terrenos que son o fueron indígenas y Oeste, en ciento ochenta metros (180 mts.) con camino o callejón que conduce de El Poblado a Achipano, debe leerse: un lote de terreno, con una superficie de setecientos metros cuadrado (700 mts.2) aproximadamente, ubicado en el sector Achipano de la ciudad de Porlamar, distinguido con el N° 59 en el plano general respectivo y alinderado así: NORTE: con el lote N° 61; SUR: calle en proyecto; ESTE: con el lote N° 60; y OESTE: con los lotes Nros. 49 y 50.