Por los fundamentos antes expuestos esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho SIMON JOSE ARRIETA QUINTERO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 67.642, procediendo con el carácter de defensor de los ciudadanos AYMER JESUS BRISEÑO CABRERA y FRANCISCO JOSE QUINTERO BOTELLO, titular de la cedula de identidad Nº 4.564.130 y 20.690.013, contra la decisión Nº 10J-155-2021, de fecha cuatro (04) de Octubre de 2021, dictada por el Tribunal Décimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual el referido juzgado decreto; " SIN LUGAR la solicitud de PRESCRIPCIÓN DE LA ACCION, ya que el proceso se ha mantenido vivo los juicios se han fijado y en tal sentido se ANULA LA decisión No. Nº 10J-155-2021, d.....