Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: La CONFESIÓN FICTA de los ciudadanos Rodrigo Trujillo Galarza de nacionalidad ecuatoriana, herrero, soltero y Luisa Rosa González, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad No. V-7.603.368, concubinos y domiciliados ambos en la ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, en su carácter de parte demandada en la presente causa.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de resolución de contrato incoada por los ciudadanos Guillermo Enrique Molero Huerta, María Eugenia Molero Huerta y Lolita Madeleine Molero Huerta, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.518.162, V-7.724.041 y V-3.926.124, respectivamente, domiciliados en la ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, contra los ciudad.....