DECISION
Por los fundamentos antes expuestos, éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DELA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentaron los ciudadanos MARCOS SEGUNDO HERNANDEZ ROSARIO y SONIA DEL VALLE BRACHO MADRID, contra los ciudadanos RENDER ANTONIO AGUDELO MARRUGO y FATIMA DEL VALLE GUTIERREZ, todos identificados en actas, en consecuencia:
PRIMERO: Se ordena a la parte actora a cancelar a los demandados la cantidad de VEINTISIETE MIL QUININETOS BOLIVARES (Bs. 27.500oo), por concepto de saldo restante adeudado con motivo de la negociación de venta a plazos pactada en fecha 22 de Mayo de 2012.
SEGUNDO: Se pone a disposición de los demandados el cheque de gerencia consignado en la presente causa en fecha 10 de Diciembre de 2013, del Banco Banesco Banco Universal, signado con.....