Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda que intentó la ciudadana Nancy Alejandra Orozco, en contra de los ciudadanos Jorge Ramos Galeth, Maria Mailu Ramos De Almao, Felipe José Ramos Galeth, Francisco Javier Ramos Galeth, Yhonnis De Jesús Ramos Galeth, Maryi Lorena Ramos Galeth, Rafenig Ramos Galeth y Emma Socorro Ramos Galeth, tomando como fundamento los argumentos antes expuestos. SEGUNDO: Declara NULAS todas las actuaciones practicadas en la presente causa desde el día cinco (05) de Abril de (2.006), inclusive, hasta la fecha anterior a la presente resolución. TERCERO: Se ordena oficiar al Registrador Inmobiliario del Municipio Autónomo Justo Briceño y Tulio Febres Cordero del estado Mérida, a los fines legales pertine.....