En razón lo antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, acuerda en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a) Declara CON LUGAR la solicitud realizada por la Defensa Publica ABG. RUDYMAR RODRIGUEZ y por el Acusado de autos ciudadano MÁXIMO FERRER, de conformidad con el artículo 164 de nuestro Código Orgánico Procesal Penal y se acuerda celebrar el juicio oral y público de la presente causa en forma UNIPERSONAL en virtud de la solicitud efectuada por los acusados de autos y su Defensor. Se fija el Juicio Oral y Público para el día JUEVES 12 DE MARZO DE 2009 A LA 01:00 DE LA TARDE. Quedan debidamente notificadas las partes de la presente fijación. Se cumplieron las formalidades esenciales dentro de la celebración del presente acto. Se ordena notificar a los testigos ofertados por las partes y acordar el traslado de los acusados antes de la fecha antes indicada. Se regis.....