DISPOSITIVO:
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: DECAIMIENTO DE LA ACCION, de la Solicitud de DIVORCIO 185 del Código Civil, presentada por los ciudadanos LUIS ENRIQUE SUAREZ ROJAS y NORIS ESPERANZA RAMOS de SUAREZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-7.862.243 y V-5.721.445, respectivamente.
SEGUNDO: Se acuerda la devolución de las copias certificadas.
TERCERO: No hay condenatorias en costas en virtud de la naturaleza del fallo.
Publíquese, Regístrese incluso en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, sellada y firmada en la sala del Despacho del TRIBU.....