Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara: INADMISIBLEel Recurso de Casación, anunciado por la ciudadana DEISY COROMOTO SALAS MORA, titular de la cedula de identidad Nro. V-8.504.879 (Presidenta)debidamente asistida por el abogado MAXIMO BURGUILLOS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-4.372.926, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 51.129, de este domicilio, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada, interpuesto en fecha catorce (14) de Diciembre de 2023,en contra de la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional, en fecha .....