Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Tercero en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA OTORGAR PERMISO al penado JOSE BENITO CHOURIO, titular de la cedula de identidad N° v-7.694.910, para que se realice el tratamiento y control respectivo, a partir del día 14-01-2008 hasta el día 22-01-2008. Regístrese la presente Resolución en el libro respectivo, notifíquese a las partes y ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, haciéndole del conocimiento que este Tribunal concedió el Permiso solicitado por la defensora del penado y expídase constancia a favor del penado, a los fines legales consiguientes.
JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN,
DR. JESÚS ENRIQUE RINCÓN. EL SECRETARIO,
ABOG. ALEXANDRO PINEDA.
En la misma fecha se registró la presente decisión con el N° 009 -08, se ofició a la.....